El Tribunal de San Lorenzo _integrado por los jueces Griselada Strólogo (presidenta), Eugenio Romagnini e Ignacio Vacca- dio a conocer este lunes el veredicto en el juicio por el asesinato del camarógrafo Gustavo Gutiérrez, ocurrido en diciembre de 2022.
Diego Pérez fue condenado a prisión perpetua como autor del homicidio, mientras que Andrea Mimbrero recibió una pena de 10 años de prisión como partícipe necesaria por el hecho de robo calificado.
La voz de la familia
Tras conocerse la sentencia, uno de los hermanos de la víctima expresó alivio aunque también cuestionamientos: “Por lo menos se hizo justicia a mi hermano, fueron casi tres años de sufrimiento esperando este día. En el caso de la perpetua, sí estoy conforme, pero ¿solo 10 años para ella? Esperemos que también paguen con el mismo dolor que uno carga, porque había pruebas suficientes para darles la misma condena”, lamentó visiblemente conmocionado.
La postura de la querella
Por su parte, el abogado de la familia, Daniel Machado, se mostró satisfecho con la condena a perpetua para Pérez, aunque adelantó que evaluarán apelar la situación de Mimbrero: “Estamos conformes porque se ha demostrado la responsabilidad de Pérez, pero respecto de Mimbrero no compartimos la pena de 10 años. Con las pruebas y testimonios entendemos que también correspondía prisión perpetua”.
El letrado luego anticipó: “Vamos a analizar los fundamentos y pedir en Cámara que se reconsidere la calificación”.
La fiscalía analiza una apelación
La fiscal de la causa, Luisina Paponi, sostuvo que el fallo reconoció con contundencia la autoría de Diego Pérez en el homicidio, pero dejó dudas respecto a la calificación aplicada a Andrea Mimbrero: “Los jueces consideraron que Pérez es culpable del delito de homicidio criminis causa y lo condenaron a prisión perpetua. Respecto a Mimbrero, la tuvieron por partícipe primaria del delito de robo calificado por uso de armas de fuego, lo que derivó en una pena de 10 años. La Fiscalía había acusado por homicidio y solicitado perpetua también para ella”, recordó.
En cuanto a los pasos a seguir, Paponi aclaró que todavía no han accedido a los fundamentos completos del tribunal: “La lectura de la sentencia es solo la comunicación de la calificación legal y de la pena. Los fundamentos, que son extensos, recién los conoceremos a partir de hoy. Es ahí donde podremos evaluar qué pruebas fueron valoradas y bajo qué criterios los jueces entendieron que correspondía modificar la acusación”.
La funcionaria del MPA reiteró que la participación de Mimbrero fue clave en la mecánica del hecho: “Siempre la hemos considerado partícipe primaria del homicidio, porque sin su intervención, al citar a Gutiérrez al lugar, el crimen no habría ocurrido. Desde nuestra interpretación correspondía la misma pena que al autor. Por eso, es muy probable que estudiemos una apelación en Cámara, para que se revise la calificación y la condena impuesta”, evaluó.
Finalmente, sobre la condena a Pérez, Paponi fue categórica: “Las pruebas fueron contundentes, en especial los mensajes que intercambió con Mimbrero y el resto de la evidencia, que demostraron que fue él quien ejecutó el ataque. El tribunal lo entendió así de manera unánime, lo cual confirma la solidez de la acusación”, cerró.
El caso
El Tribunal de jucio le atribuyó a Diego Párez, que el 29 de diciembre de 2022, a las 4.30 hs aproximadamente, en la intersección de calles Genaro Roldán y Perú de San Lorenzo, abordó a Gustavo Gutiérrez, quien había sido convocado al lugar por Andrea Mimbrero, pareja de Diego Pérez.
La víctima arribó al lugar la víctima a bordo de un automóvil Volkswagen Gol, de su propiedad, momentos después, con intención de causarle la muerte, Pérez efectuó dos disparos con un arma de fuego calibre 22 largo, impactando en zona supraclavicular derecho generando orificio de pequeño tamaño con pequeño hematoma, lo que le provocó la muerte por hemorragia masiva por lesiones de paquete vascular de cuello.
Los jueces entendieron que el ataque tuvo “la finalidad de facilitar, consumar u ocultar la sustracción de las pertenencias que la víctima llevaba consigo en ese momento o para asegurar sus resultados o procurar la impunidad para sí y para terceros, llevándose consigo el imputado el teléfono celular marca Samsung color oscuro y el automóvil de la víctima, el cual luego dejó abandonado en el camino rural, al costado del campo de la localidad de Pueblo Andino, previo prenderle fuego”.
Asimismo, le atribuyeron a Pérez la portación del arma de fuego “en condiciones de uso inmediato y sin contar con la debida autorización legal”.
Por su parte, a Andrea Mimbrero, le atribuyeron haber convocado, a través de una red social a la víctima para que aproximadamente a las 4.30hs se hiciera presente en calles Genaro Roldán y Perú de San Lorenzo, a donde concurrió la víctima, a fin de posibilitar que Diego Pérez, su pareja, le sustrajeran a Gutiérrez sus pertenencias para que luego le disparara provocando su muerte.
