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    Condenaron a cuatro años y medio de prisión efectiva al conductor alcoholizado que causó la muerte de dos mujeres

     

    En una audiencia celebrada en la mañana de este martes, el juez Eugenio Romanini homologó el juicio abreviado contra Libardo Quintero Maya. El trágico siniestro vial ocurrió en abril y se cobró la vida de Silvia Alejandra Bogado y Florencia Ayelén Sosa. El acuerdo cuenta con el aval de los familiares.

     

    Este martes, a las 8.15 de la mañana, a través de una audiencia desarrollada vía Zoom, el juez de Primera Instancia, Dr. Eugenio Romanini, homologó el acuerdo de juicio abreviado que condena a Libardo Quintero Maya a la pena de cuatro años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo. El hombre fue hallado penalmente responsable del siniestro vial en el que perdieron la vida Silvia Alejandra Bogado y Florencia Ayelén Sosa.

    El trágico hecho se registró el pasado 5 de abril de 2026, alrededor de las 2.50 de la madrugada. Tal como se expuso en la imputación formal del 8 de abril, se comprobó que al momento del impacto Quintero Maya conducía con niveles de alcoholemia positiva, un factor determinante en el desenlace fatal.

    A raíz de esto, la calificación legal acordada y declarada fue la de "homicidio culposo por accidente de tránsito agravado, en carácter de autor y en grado de consumado", estipulada en los artículos 84 bis (segundo párrafo) y 45 del Código Penal. La figura se encuentra agravada tanto por la multiplicidad de víctimas como por la ingesta de alcohol.

    Para definir el monto de la pena —alejándose más de la mitad del mínimo legal— se valoró la rápida asunción de responsabilidad por parte del condenado y la ausencia de antecedentes penales previos. Además del tiempo en prisión, la Justicia le impuso una inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el plazo de cinco años, sumado a los accesorios legales y el pago de las costas del proceso.

     

    Reparación económica y aval familiar

    El acuerdo homologado incluye, en la medida de las posibilidades del imputado, un concepto de reparación económica para cada una de las familias de las víctimas.

    Para concretar este punto, la defensa solicitó un plazo de 45 días desde la homologación del acuerdo para llevar adelante las transferencias correspondientes. Durante la audiencia se destacó que, si bien los familiares de las víctimas no se constituyeron formalmente como parte querellante en la causa, se mantuvieron entrevistas previas con ellos. Tanto la fiscalía como los abogados defensores de Quintero Maya confirmaron que el procedimiento abreviado y la pena impuesta contaron con la conformidad expresa de las familias afectadas.

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