Inician investigación para reducir la litigiosidad laboral y evitar derivaciones de casos en accidentes y reclamos laborales en jurisdicción del Juzgado Laboral de San Lorenzo.
(Delegación. Doctores Gabriel Filipini, Carina Cabrera y Nicolás Benítez)
Inician investigación para reducir la litigiosidad laboral y evitar derivaciones de casos en accidentes y reclamos laborales en jurisdicción del Juzgado Laboral de San Lorenzo.
La presentación está encabezada por los abogados Gabriel Filippini, Carina Cabrera y Nicolás Benítez, en representación de la Delegación San Lorenzo del Colegio de Abogados de la 2ª Circunscripción Judicial, Distrito Judicial Nº 12.
SINTESIS accesió en forma exclusiva al texto de la presentación, en la que los abogados sanlorencinos expresan que “nos preocupa y aqueja la situación actual en que se encuentra el cúmulo de causas dentro del Juzgado Laboral de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 12 de San Lorenzo, que en la actualidad se concentra en cabeza de un grupo reducido de profesionales que llamativamente son de la ciudad de Rosario y no se encuentran litigando en otras materias en el foro sanlorencino, siendo que la mayor parte de las demandas instadas en dicho Juzgado se corresponden a accidentes laborales y/o despidos que ocurren en el cordón industrial y no en la ciudad de Rosario”.
Esta situación, “lejos de llamarnos poderosamente la atención, atenta directamente contra el ejercicio profesional, la competencia leal en cuanto a la obtención de casos y el acceso de manera equitativa a las defensas de los derechos de los trabajadores que en nuestra creencia poseen la totalidad de los matriculados de nuestro Colegio de Abogados y en especial los del foro que representamos”, agrega el escrito.
La conducción de la Delegación San Lorenzo del Colegio de Abogados, agregó que “varios colegas que tenemos identificados pero en virtud de la protección del secreto profesional y en resguardo de su integridad ética profesional, no vamos a ventilar sus nombres ni apellidos, nos han expresado que a sus clientes les llegan mensajes de texto y/o whatsapp y/o sistema de cartas vía correo, donde se los invita a comparecer a determinado estudio y/o dirección y/o comunicarse con determinado número telefónico, a los fines de cobrar una suma indemnizatoria y/o acceder a la gestión de un reclamo a consecuencia del accidente laboral del que han resultado victimas con o sin lugar a la producción de lesiones y su posterior reclamo administrativo y/o judicial por las mismas”.
También reclaman que “en dichos términos es importante la investigación (con participación e intervención de la Unidad Fiscal San Lorenzo dependiente del M.P.A.) no solo de dichas presuntas derivaciones sino desde que sectores provienen, es decir, ampliar las mismas tanto a las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo como también a las Comisiones médicas respectivas y/o los hospitales y/o clínicas y/o sanatorios que recepcionan para atención médica a trabajadores que han sufrido accidentes de tipo laboral ya sea para su atención en primeros auxilios, intervenciones quirúrgicas, rehabilitaciones y/o internaciones como así también a la Secretaría de Trabajo Delegación San Lorenzo, ya que presumimos que existen operadores judiciales y/o administrativos, que en su afán de ganar dinero injustificadamente, convencen de litigar a los trabajadores aunque no haya razones para ello generando demandas por enfermedades laborales que no son tales y estudios jurídicos que concentran dicho ‘negocio ilegal’. Las ART también se ven perjudicadas, y trasladan a las cuotas los mayores costos y desalientan a las empresas a contratar nuevo personal”, alertaron.
“Esta presunta derivación de casos con trabajadores que han sufrido un despido laboral y/o diferencias remunerativas y/o accidentes o enfermedades laborales, atenta contra el desarrollo del mercado de trabajo, porque desincentiva a las inversiones productivas en general, como es el estancamiento de la actividad agregada”, continuó la presentación.
Los profesionales destacan que “a lo largo de todo el 2018 se iniciaron en nuestra provincia un total de 17.448 causas caratuladas como accidentes y/o enfermedades del trabajo sumado a la grave ‘amenaza de los juicios por responsabilidad civil solidaria con las ART’: el fenómeno no sólo afecta a las empresas, sino también a los trabajadores, porque la 'industria del juicio' pone en riesgo la vida de miles de empresas y de decenas de miles puestos de trabajo. Además, la alta probabilidad de enfrentar un juicio desalienta la contratación de empleados”.
Filippini, Cabrera y Benítez, consideran que “es deber de nuestro Colegio de Abogados, representar a los abogados en defensa de sus derechos y garantías profesionales y gremiales, proponer a los poderes públicos las medidas que juzgaren adecuadas para el funcionamiento de una buena administración de justicia y fiscalizar la correcta actuación de sus afiliados en el ejercicio de su profesión y llevar la foja personal de los mismos”.
Recordaron que “está expresamente prohibido a los matriculados procurarse clientela por medios incompatibles con la dignidad profesional, como publicar avisos que puedan inducir a engaño u ofrecer cosas contrarias o violatorias de las leyes; recurrir directamente o por terceras personas a intermediarios remunerados para obtener asuntos; o trabajar en sociedad con persona que no tenga título profesional o tener sucursales de su estudio a cargo de ella”.
Agregaron que “todo ello va de la mano con la decisión de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe que ha dado media sanción a la adhesión a la Ley 27.348, complementaria de la Ley sobre riesgos del trabajo, ya que en el Título I de la citada ley, se dispuso la actuación de las comisiones médicas jurisdiccionales como instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención, para que el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contingencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la ley sobre riesgos del trabajo, a los fines de evitar un futuro juicio laboral y del debido control administrativo”.
Por último, subrayan que es deber y facultad del Colegio de Abogados, “fiscalizar el correcto ejercicio de la función de los abogados en su territorio y el decoro profesional denunciando al Directorio del Colegio las transgresiones que se cometan a los efectos de la aplicación de las sanciones que correspondan pero a su vez dar intervención a las autoridades judiciales y/o fiscales, a los fines de que se inicie una exhaustiva investigación contra los presuntos autores materiales y/o sus cómplices dentro del sistema pudiendo acarrear consecuencias penales para el accionar de los mismos, todo ellos en protección de los derechos de todos los matriculados y del sistema de Administración de Justicia Provincial”.