Un joven de 28 años de edad cumplió una “irracional” condena en la Unidad Penitenciaria de Coronda. Las fiestas ilegales de la región, la Cámara de Apelaciones y el Sistema Penitenciario son puestos en discusión.
Un joven de 28 años de edad cumplió una “irracional” condena en la Unidad Penitenciaria de Coronda. Las fiestas ilegales de la región, la Cámara de Apelaciones y el Sistema Penitenciario son puestos en discusión.
Este lunes por la tarde, Juan Manuel Vázquez Riener podrá salir de la Unidad Penitenciaria de Coronda, tras cumplir 50 días de condena por el delito de “daño calificado”.
“Hace prácticamente 50 días viene sufriendo una privación, no digo ilegítima, si no irracional de la libertad. Hay una irracionalidad y un exceso. Como defensores dijimos que se estaba pidiendo de más de lo que se había pedido. Se había sometido el acusado a un proceso correcto, pero se lo debía alojar en una unidad donde se protegiera su integridad”, señaló el abogado del joven de 28 años de edad, Gabriel Filippini, minutos después de haber hecho efectivo el pago de la fianza para que su cliente pueda salir en libertad.
Dicho dinero, una suma cercana a los $80.000, se utilizará para la reparación de los daños por los que fue responsabilizado, solamente en primera instancia, Vázquez Riener.
Los hechos ocurrieron el pasado primero de enero durante la madrugada, cuando el imputado asistió a una fiesta de fin de año en la localidad de Ricardone.
“Esto es una consecuencia directa de ese tipo de fiestas, que ocurrió en lugar donde había muchísima cantidad de jóvenes. Vázquez Riener estaba con su hermano, se inicia una discusión con otro grupo de jóvenes, hay una pelea, por lo cual Vázquez Riener se retira del lugar, y al ser perseguido por este grupo de personas, ve como única escapatoria meterse en la comisaria. Teniendo en cuenta que estaba cerrado y no tenia personal policial, rompe el vidrio de la puerta de ingreso, y tras hacerlo, el otro grupo también lo hace y se realiza una serie de daños importantes, sobre todo en dos vehículos particulares del personal policial”, relató el abogado, en diálogo con Síntesis.
“Cuando llega el personal policial, alertado de que se están produciendo desmanes en a la comisaria, al único que encuentran es a Vázquez Riener, y lo detienen. Los familiares denunciaron el apremio, porque lo golpearon, están constatadas las lesiones por el médico policial, e inclusive hay determinadas huellas en la sede de la comisaria. Nosotros decimos que no tiempo material ni físico para realizar solo la cantidad de destrozos que había en el lugar, pero en la audiencia imputativa igual se lo imputó por daño calificado, por tratarse de una oficina pública, de una fuerza de seguridad. Una jueza de Rosario le da cuarenta días de arresto domiciliario. El doctor Ledesma apela esa resolución, apelando el arresto domiciliario y apelando que no se daban los presupuestos del artículo Nº10, pretendía que esta persona quedara en prisión preventiva, pero en una unidad de detención”, expuso Filippini.
Y efectivamente así ocurrió, el Servicio Penitenciario de Santa Fe (SPSF) alojó al detenido en la nueva Unidad Penitenciaria Nº5, donde funciona la cárcel de mujeres de Rosario, ubicada en calles 1706 y 1709, lo que es la zona del bulevar 27 de Febrero en su extremo oeste.
En esa unidad, además de mujeres embarazadas y en algunos casos, con sus pequeños hijos, posee pabellones en donde no se alojan detenidos imputados o condenados por delitos de gravedad, como se los califica a homicidios o violaciones.
Pero a mediados del mes de enero, el Servicio Penitenciario dispuso el traslado de Vázquez Riener a otra unidad carcelaria, y fue puesto en la Cárcel de Coronda. “Hay un abuso por parte del SPSF, de trasladar a una persona sin antecedentes y por un delito de daños, a la cárcel, sino la mas peligrosa de provincia de Santa Fe, la que mas habeas corpus tiene”, sostuvo el abogado.
Contaminación carcelaria
“Hoy el cuestionamiento es a la Cámara de Apelaciones. No tiene lógica determinadas sentencias que dicta este órgano en cuanto a la revisión de sentencias que se logran en la IPP, con los jueces de primera instancia. Este es un caso testigo”, explicó Filippini.
“En nuestro planteo dijimos que había contaminación carcelaria, es decir, transformamos a una persona sin antecedente, es un joven que tuvo sus conductas equivocadas, pero la llevamos, mas allá de someter su integridad física y emocional, a la contaminación que sabemos que sucede dentro de las cárceles: delitos sexuales, relación con la comisión del delito dentro del sistema carcelario, consumo de drogas y estupefacientes, terminamos sacando monstruos de ahí adentro. En el planteo que hicimos hablamos de esa razonabilidad, y esa racionabilidad, fundamentación que debe haber en los jueces”, sentencio el letrado.
Fue el juez Juan José Tutau quien dio pie a revisar la medida cautelar, y determinar la liberación bajo fianza y determinadas restricciones del joven de 28 años de edad. “Con la fianza seguramente se van a reparar económicamente los daños. Todo se debería haber agilizado para que esta reparación de daños se realizara prácticamente de inmediato una vez ocurridos los hechos”, agregó Filippini.
“Los presos, como por ejemplo en el caso de la alcaidía de San Lorenzo, están privados de la libertad, pero no de derechos”, explicó el abogado. “Creo que en eso estamos fallando, en que el detenido pueda realizar una actividad física e instruirse. Aquí los presos no salen a trabajar, ni siquiera se les da trabajo dentro de la alcaidía, hay que evitar esta contaminación carcelaria o criminológica que se da dentro de los lugares de detención, y mas en personas jóvenes y sin antecedentes, que entran al sistema carcelario por un delito de daño”, concluyó.