A las disposiciones que se tomaron la semana pasada se sumaron otras que apuntan a mitigar la propagación del COVID 19.
A las disposiciones que se tomaron la semana pasada se sumaron otras que apuntan a mitigar la propagación del COVID 19.
En línea con las disposiciones tomadas por el Gobierno Nacional, la Municipalidad de San Lorenzo anunció una serie de medidas “a fin de mitigar la propagación del COVID 19 y su impacto sanitario”.
Su implementación se formalizó mediante el decreto N° 303 firmado por el intendente Leonardo Raimundo, quien junto a su equipo de trabajo vigila de manera constante la situación en la ciudad al tiempo que sigue de cerca los anuncios de los gobiernos provincial y nacional.
Las medidas:
1- Suspensión de reuniones y/o eventos multitudinarios en lugares abiertos o cerrados.
2- Cierre de ingreso al público en museos de administración municipal, Centro Deportivo y Recreativo Municipal, teatros y auditorios.
3- Suspensión de clases en el Centro Cultural y Educativo Municipal “Brigadier General Estanislao López” y en Jardines Maternales Municipales.
4- Cierre de confiterías bailables, discotecas y cantinas.
5- Suspensión de actividades recreativas, deportivas y culturales organizadas por la municipalidad con la participación de adultos mayores.
6- Limitación de público y/o personas presentes en actividades deportivas, actividades religiosas, bares, restaurantes, gimnasios y salones de fiestas (1 persona cada 2 metros cuadrados)
7- Instar a la población a realizar en dependencias municipales solamente trámites estrictamente necesarios propendiendo a la realización vía telefónica o de manera online.
8- Otorgamiento de licencia obligatoria a empleados mayores de 60 años, diabéticos insulino dependientes, con insuficiencia cardíaca, Epoc, inmunodeprimidos, en terapia oncológica y embarazadas.
9- Provisión de jabón, alcohol en gel y demás elementos necesarios a los empleados municipales de atención al público.
10- Limitación de ingreso a dependencias municipales de atención al público de no más de diez personas por vez.
11- Suspensión de actos públicos oficiales multitudinarios.